SCJN avala cárcel en Sinaloa por uso de IA en creación de contenido sexual

SCJN avala cárcel en Sinaloa por uso de IA en creación de contenido sexual

Foto: FreePik

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reforma al Código Penal de Sinaloa que sanciona con penas de tres a seis años de prisión a quienes utilicen inteligencia artificial (IA) para crear, modificar o difundir imágenes, audios y videos de contenido sexual o íntimo sin el consentimiento de la persona afectada. La decisión, aprobada por unanimidad, responde a la creciente preocupación por el uso indebido de nuevas tecnologías en delitos contra la intimidad y la dignidad personal.

 

Durante la sesión, los ministros respaldaron el proyecto presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que avala párrafos clave del artículo 185 C Bis del Código Penal de Sinaloa. Este artículo define el uso de IA en la comisión de delitos relacionados con la violación de la intimidad sexual. Alcántara Carrancá subrayó la complejidad de regular la inteligencia artificial debido a su constante evolución y la falta de una definición universalmente aceptada. "La inteligencia artificial continúa siendo un concepto en evolución sobre el cual la literatura relevante no ha coincidido en una definición unívoca ni en condiciones definitorias e inamovibles", puntualizó.

 

En este sentido, la ministra Yasmín Esquivel Mosso destacó los riesgos que la inteligencia artificial representa para sectores vulnerables, como infancias y mujeres. Durante su intervención, advirtió sobre los peligros de programas capaces de manipular imágenes y audios, facilitando actos de violencia digital. La ministra sostuvo que, en manos equivocadas, la inteligencia artificial "abre un nuevo capítulo de violencia hacia las personas, pero en especial hacia las infancias y las mujeres", afirmó Esquivel Mosso, solicitando que el proyecto incluyera referencias a los artículos 4 y 21 de la Constitución, que protegen derechos fundamentales como la dignidad y la seguridad.

 

No obstante, la resolución no estuvo exenta de críticas. El ministro Alberto Pérez Dayán cuestionó la formulación del artículo, particularmente el fragmento que señala "a quien haciendo uso de la inteligencia artificial". Pérez Dayán argumentó que podría dificultar la aplicación de la norma en casos concretos por su vaguedad.

 

Esta decisión por parte de la SCJN podría tener un impacto más allá de Sinaloa, sentando un precedente en la regulación del uso de tecnologías emergentes en el ámbito penal. Aunque la Ley Olimpia establece sanciones por la divulgación de contenido íntimo sin consentimiento en la mayoría de los códigos penales estatales y en el federal, aún no contempla explícitamente los casos en los que se utilice inteligencia artificial para alterar o crear dicho contenido.

 

Uno de los casos recientes que podría verse influenciado por esta resolución es el de Diego "N", vinculado a proceso por la creación y venta de imágenes alteradas con IA de sus excompañeras del Instituto Politécnico Nacional (IPN). Este caso evidencia la urgencia de marcos legales específicos para abordar la violencia digital amplificada por nuevas tecnologías. (NotiPress)

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