Reventa, ¿cuándo sí y cuándo no es ilegal?

Reventa, ¿cuándo sí y cuándo no es ilegal?

Foto: X

Durante la temporada de fiestas decembrinas, uno de los temas más discutidos fue el acaparamiento de diversos productos por parte de los revendedores de la cadena Costco, quienes se llevaban lotes enteros de artículos. Al principio lo más común era que se llevaran pasteles, pero lo más reciente fue la polémica por las roscas del día de Reyes, una práctica considerada por muchos como algo ilegal.

 

En los primeros días del 2024 una de las imágenes más comunes en redes sociales fue el de los revendedores del Costco, ya que estas personas acaparaban decenas de unidades de pasteles y roscas, sin importar dejar al resto de usuarios sin productos, todo con el fin de revenderlos a dos o tres veces su valor en tienda.

 

 

Esto es algo que algunos usuarios empezaron a comparar con otras formas de reventa, como los boletos para conciertos o eventos deportivos. La gran diferencia es que esto último sí está penado por la ley, por lo que las autoridades tratan de erradicarlo ante las constantes quejas de los usuarios que no alcanzan boletos y se ven obligados a recurrir a los revendedores que los ofertan en cifras estratosféricas.

 

Y es que además de los pasteles y las roscas, en México estamos acostumbrados a ver la reventa de todo tipo de artículos, como calzado, ropa y hasta automóviles, sin que esto sea perseguido o conlleve algún tipo de sanción. Entonces, ¿cuándo sí y cuándo no está permitida la reventa?

 

Cabe destacar que en el particular caso de Costco, esta es una cadena que tiene como público objetivo los mayoristas, algo que inclusive dicen en su nombre, “Costo: Wholesale”, que significa “venta al por mayor”. En los hechos, también ofrecen membresías para personas con negocios, por lo que está permitido ir y comprar la cantidad de productos que se desee para luego revender a otros precios.

 

Te interesará leer: Costco y el paraíso de la reventa

 

Lo mismo ocurre con otros productos, como la ropa, el calzado y los automóviles, ya que se pueden revender al precio que se quiera sin que esto signifique alguna multa o sanción. En situaciones específicas, como la venta de autos, solo se debe dar el debido aviso al SAT para que la autoridad fiscal esté enterada del cambio de dueño y, por supuesto, se paguen los impuestos correspondientes.

 

Los casos anteriores solo se pueden considerar reventa ilegal en caso de que se haga con productos ilícitos. En nuestro país, por ejemplo, la venta de piratería es algo que se ve en cada rincón del país, pero es algo que va en contra de la Ley Federal de Propiedad Industrial, ya que se considera una falsificación a un servicio o producto original.

 

¿Qué pasa entonces con los boletos? Para los boletos, la reventa no es un delito de mayor impacto, por lo que puede tener algunas sanciones variables que se estipulan en cada estado; sin embargo, la preocupación para las autoridades y la razón por la que suele ser una práctica perseguida es por la falsificación de documentos.

 

De acuerdo al Código Penal Federal, en el artículo 242 se señala que en caso de falsificar boletos o fichas para espectáculos públicos, las personas que incurran en este ilícito serán acreedoras a sanciones de tres meses a tres años de prisión, y una multa que irá de los veinte a mil pesos.

 

Te interesará leer: Esto gana un revendedor de pasteles de Costco

 

Es por esto que la reventa se alimenta de vacíos legales, ya que no hay leyes que explícitamente pongan barreras a este tipo de comercios. Por ejemplo, en Puebla el Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (Coremun) establece que la reventa de boletos a sobreprecio para espectáculos masivos acredita multas de 962 a 9,623 pesos, dependiendo la densidad del evento y la gravedad del acto.

 

Por su parte, en la Ley de Cultura Cívica de la CDMX se señala que se darán multas de 2,000 a 4,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien revenda boletos a sobreprecio, aunque aquí también hay otro vacío. Esta normativa estipula que solo aplica para reventa física, mientras que la reventa en espacios digitales no está contemplada y no se tienen sanciones para esos casos.

 

Es así como la reventa de determinados productos, servicios o acreditaciones, como boletos, solo está prohibida en casos donde haya un delito previo, como es la falsificación, mientras que si se hace dentro de los términos de lo permitido por la ley, no hay mayores impedimentos para hacerlo.

Notas Relacionadas