Que no te engañen, ¿es legal que te corten el agua si tienes adeudo?

Que no te engañen, ¿es legal que te corten el agua si tienes adeudo?

Foto: Enfoque

En varias colonias de Puebla los residentes se quejan de que Agua de Puebla lleva a cabo cortes al suministro por falta de pago, algo que en teoría no debería de ocurrir, pero la empresa lo efectúa sin que haya sanción alguna en su contra.

 

Según la Ley del Agua del Estado de Puebla, las empresas concesionarias del servicio de agua potable no pueden cortar el suministro por falta de pago a usuarios que consuman menos de 300 litros por día.

 

Sin embargo, en el pasado, la empresa Agua de Puebla para Todos ha cortado el suministro de agua potable y drenaje por falta de pago a los usuarios de uso doméstico.

 

Fue en 2019 que se aprobó una reforma a la Ley del Agua para el Estado de Puebla que prohibió a las empresas concesionarias del servicio de agua potable que suspendan el suministro por falta de pago a usuarios que consuman menos de 300 litros por día.

 

Esto quiere decir que, si a una persona se le corta el servicio de agua, puede presentar una queja ante la empresa Agua de Puebla para Todos y la empresa tiene la obligación de responder a la queja y proporcionar una solución.

 

Si la empresa no responde o no proporciona una solución, la persona puede presentar una queja ante la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), aunque en el caso de Puebla muchos usuarios han recurrido a la vía del amparo, obteniendo resultados favorables.

 

Aunque los amargos trámites obligan a la empresa a reinstalar el servicio, lo cierto es que Agua de Puebla continúa haciendo cortes al servicio de agua potable para aquellos clientes morosos.

 

Si bien legalmente Agua de Puebla no debería de poder cortar el servicio, lo cierto es que la ley tampoco exime a los usuarios morosos de pagar su deuda, aunque esto no impedirá que la deuda siga creciendo sin que se tenga que convertir en una deuda crediticia.

 

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Las multas por no pagar a tiempo varían según la cantidad adeudada y el tiempo de retraso, pero legalmente también existen algunas contradicciones, pues la empresa tiene aprobada y publicada en el Periódico Oficial del Estado una tarifa por suspensión y reconexión del servicio.

 

Según la última tarifa vigente, el pago para reinstalar el servicio de agua si la suspensión se hizo mediante una válvula de paso o corte de tubería sin recurrir a la excavación, es de 1,102.63 pesos, pero si fue necesario excavar entonces aumenta a 1,864.18 pesos.

 

Estos recargos se suman al adeudo total del usuario, basado en su tarifa mensual que se calcula por el uso de agua, la tarifa de saneamiento y el uso de la red de drenaje para las descargas.

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