El gobierno presente de Sergio Salomón, a través de la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT), asegura la legalidad y regulación de los servicios auxiliares en el Estado, mediante la vigilancia y seguimiento al cumplimiento puntual de la normativa contemplada en la Ley de Transporte, mediante la verificación del respeto y cobro justo de las tarifas de los servicios de arrastre, salvamento y depósito de vehículos.
En este sentido, la dependencia pone a disposición de la ciudadanía la tarifa base vigente, según lo dispuesto en el acuerdo “por el que determina las tarifas máximas para el cobro por los servicios de Transporte Auxiliar de Arrastre, Arrastre y Salvamento, y Depósito de Vehículos para el Estado de Puebla”, misma que se expresa en la Unidad de Medida de Actualización (UMA), equivalente a 103.74 pesos en el presente año.
Tipo de grúa |
Valor establecido |
|
|
Por kilómetro |
Tarifa Base o Banderazo (UMA) |
Tarifa Base o Banderazo (pesos) |
|
“A” |
0.217 |
6.086 |
$631.36 |
“B” |
0.238 |
6.992 |
$725.35 |
“C” |
0.271 |
8.308 |
$861.87 |
“D” |
0.373 |
10.197 |
$1,057.83 |
De igual manera, el servicio de abanderamiento con grúa está estipulado por 6.932 UMAs por hora, equivalente a 719.12 pesos; un abanderamiento manual tiene una cuota de 0.583 UMAs, resultando en 60.48 pesos por hora; y la custodia de un vehículo con grúa está tarifado en 5.784 UMAs por hora, lo que corresponde a 600 pesos.
Asimismo, los costos para el servicio de “Salvamento sobre el camino” van de las 14.038 a las 25.191 UMAs, es decir, de mil 456.30 a dos mil 613.31 pesos. En lo que respecta al servicio de salvamento fuera del camino sin carga, el costo va de 28.075 a 48.381 UMAs (dos mil 912.50 a cinco mil 019.04 pesos) y la cuota para las maniobras fuera del camino y con carga es de 42.112 hasta 72.571 UMAs, equivalente a un rango de cuatro mil 368.69 a siete mil 528.51 pesos. La aplicación de los costos anteriores depende del tipo de vehículo con el que se realice la maniobra.
En cuanto al cobro por el servicio de depósito vehicular, las tarifas máximas se rigen como sigue, según el tipo de vehículo:
Tipo de vehículo |
Cuota por día o fracción (UMAs) |
Costo por día o fracción (pesos) |
Bicicletas y motocicletas |
0.176 |
$18.25 |
Automóviles |
0.562 |
$58.30 |
Camionetas |
0.632 |
$65.56 |
Camiones, tractores agrícolas y tractocamiones |
1.052 |
$109.13 |
Autobuses, remolques y semirremolques |
1.228 |
$127.39 |
Tractocamiones con doble semirremolque |
2.379 |
$246.79 |
Es importante destacar que, en el caso de que un arrastre vehicular se realice en un tramo mayor a 2 kilómetros de terracería en zonas suburbanas, aplicará un 30% adicional sobre el costo base del arrastre. De igual forma, las y los prestadores de estos servicios están obligados a respetar en todo momento las tarifas máximas autorizadas por la SMT y darlas a conocer a las y los usuarios con transparencia.
Mediante la correcta aplicación del acuerdo del Gobierno del Estado en materia de Transporte Auxiliar de Arrastre, Arrastre y Salvamento, y Depósito de Vehículos, el cual puede ser consultado en la siguiente página web, https://periodicooficial.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/T_4_06022020_Canon.pd, la SMT garantiza que todos los servicios estatales sean accesibles y prioricen las necesidades de todos los sectores sociales, eliminando la arbitrariedad en los costos y brindando condiciones de certeza y legalidad.