Con el objetivo de establecer la revocación de mandato de la persona titular de la gubernatura, diputaciones locales y presidencias municipales como un mecanismo de participación ciudadana, el diputado José Miguel Octaviano Huerta Rodríguez presentó una iniciativa por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado.
En sesión ordinaria de la LXI Legislatura del Congreso del Estado, el diputado señaló que es necesario establecer en la Constitución local el derecho ciudadano a solicitar la revocación de mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo local, el de las y los diputados, así como de presidentes municipales e integrantes del Ayuntamiento, por tener un mandato popular.
La propuesta legislativa indica que la revocación de mandato podrá ser solicitada por el 5 por ciento de ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, distribuidos en las dos terceras partes de los distritos o secciones electorales de la demarcación territorial que corresponda; este proceso podrá solicitarse dentro de los primeros 120 días de la segunda mitad del periodo constitucional; y la votación debe llevarse a cabo a más tardar 120 días posteriores a la declaratoria de procedencia de la solicitud que emita la autoridad electoral.
Además, para la validez del procedimiento de revocación de mandato deberán participar por lo menos el 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en el listado nominal de electores del ámbito respectivo y que de esta cifra el 60 por ciento se manifieste a favor de la revocación; la iniciativa precisa que la revocación del mandato no dará lugar a compensación, indemnización, ni pago de emolumento alguno a favor del servidor público sujeto a este mecanismo.