Recibe Congreso del Estado iniciativa para la instalación de Centros de Bienestar Animal

Recibe Congreso del Estado iniciativa para la instalación de Centros de Bienestar Animal

La Comisión Permanente de la LXI Legislatura del Congreso del Estado dio cuenta de la iniciativa del Ejecutivo para establecer como obligación de los Ayuntamientos crear, instalar, administrar, regular y operar los Centros de Bienestar Animal

 

La iniciativa contempla reformas a los artículos 3 fracción XVII, 12 acápite y fracción V, 16 fracción XII, 23, 30, 33 y 45 de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla; a la fracción LXIV del artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal; y al artículo 471 del Código Penal del Estado Puebla. 

 

Respecto a la reforma a la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla se plantea el cambio de denominación de los Centros de Atención Canina, por Centros de Bienestar Animal, ampliando el concepto y objetivos de estos lugares. Además, se establece como obligación por parte de los Ayuntamientos crear, instalar, administrar, regular y operar los Centros de Bienestar Animal, así como garantizar su debido funcionamiento. 

 

 Las reformas a la Ley Orgánica Municipal plantean que es atribución de los Ayuntamientos formular y conducir la política municipal sobre conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre, que deberá incluir la creación, instalación, administración, regulación y operación de los Centros de Bienestar Animal. 

 

Mientras que la reforma al Código Penal del Estado de Puebla precisa la aplicabilidad de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla en el artículo 471

 

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático para su estudio y resolución procedente. 

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