Poder Judicial del Estado reduce actividades por contingencia sanitaria

Poder Judicial del Estado reduce actividades por contingencia sanitaria

Foto: Xinhua

El Tribunal Superior de Justicia de Puebla anunció la suspensión parcial de labores como parte de un plan de seguridad por la contingencia sanitaria derivada de la presencia del virus COVID-19, asignando guardias que no involucren mujeres embarazadas o personas mayores de 60 años.

 

El Poder Judicial informó que se establece el término de los procesales penales a partir del día 18 de marzo, reanudándolas el 20 de abril de 2020, salvo pronunciamiento que emita el Consejo de la Judicatura una vez analizadas las condiciones que comuniquen las autoridades sanitarias correspondientes.

 

Del mismo modo se suspenden los servicios que prestan los órganos auxiliares del Consejo de la Judicatura, así como aquellos que dependen de la Dirección General de la Comisión de Administración y Presupuesto, del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla.

 

Se informó que se atenderán los casos de excepción y urgencia de plazo constitucional en materia penal y las relacionadas con la libertad personal, órdenes de protección en materia familiar, y las urgentes que involucren niñas, niños y adolescentes, en caso de que la integridad de los menores se encuentre en riesgo.

 

Para estas actividades se implementará una guardia con el personal estrictamente necesario bajo la coordinación de sus titulares, exceptuando a personas mayores de 60 años, personas con discapacidad, trabajadores con alguna enfermedad crónica degenerativa o sistema inmune comprometido y mujeres embarazadas o en lactancia.

 

También se consideró que en el caso de los empleados que sean padres y madres de niños en edad escolar, podrán ingresar a sus labores a las once horas garantizando que sus hijos tengan cuidados en ese periodo.

 

Para los Juzgados de oralidad penal y de ejecución del sistema procesal penal acusatorio, y por lo que hace al desahogo de las audiencias, presentación de promociones, consulta de expedientes y notificaciones, se ordena que las audiencias que deban desahogarse se llevarán a cabo sin público, a efecto de prevenir cualquier posible contagio.

 

En el caso de la actividad administrativa de los juzgados de oralidad Penal y de Ejecución, se llevará a cabo privilegiando el empleo de medios tecnológicos autorizados para ello; no obstante se podrán recibir de manera física en el área de atención al público de cada Juzgado.

 

En este sentido se ordenó que la consulta de las Carpetas Judiciales Administrativas se hará telefónicamente a través del número oficial de cada Juzgado o a través del personal administrativo encargado de ello, además que dentro de las instalaciones judiciales no deben entablar contacto físico entre las personas, evitando saludos de mano y beso, así como mantener una distancia mínima de dos metros entre las personas.

 

Adicionalmente tendrán lugar acciones de sanitización y desinfección patógena en las sedes del Poder Judicial, así como la entrega del material necesario para el cumplimiento de las recomendaciones señaladas, que incluye cubrebocas y pañuelos para los trabajadores de guardia.

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