
Actualmente, los trabajadores sindicalizados del Ayuntamiento de Puebla deben tener 30 años de servicio en el caso de los hombres y 27 años en el de las mujeres, para dar paso a una jubilación; sin embargo, hay casos en los que algunos años de estos empleados quedan en el limbo y deben reponerlos, pese a que ya cumplieron con el tiempo estipulado.
De acuerdo con el documento publicado en la página oficial del Ayuntamiento de Puebla, la antigüedad del trabajador se adquiere desde el primer día en que presta sus servicios al Gobierno Municipal, siempre que no se pierda o suspenda por licencia sin goce de sueldo, por suspensión o inhabilitación temporal derivada del procedimiento administrativo correspondiente, o en su caso, por juicio laboral.
El trabajador que tenga derecho a la jubilación, deberá llevar a cabo diferentes trámites ante la Secretaría del Ayuntamiento de Puebla, entre ellos la presentación de una solicitud de jubilación dirigida al presidente municipal en turno, certificado de antigüedad y acta de nacimiento, solo por mencionar algunos.
Para obtener la certificación de antigüedad, el trabajador deberá presentar un oficio ante la misma Secretaría General y especificar en qué fecha comenzó a prestar sus servicios y áreas de adscripción.
Pese a lo anterior, algunos empleados relataron a este medio de comunicación que dicho trámite ha sido un tanto complicado, debido a que hay algunos años que sí laboraron pero que no les reconocen.
Lo anterior, implica que las mujeres y hombres en cuestión tengan que laborar más de 27 y 30 años, con el objetivo de reponer los años que quedaron en el “limbo”.