La Juez Noveno de Distrito en el Estado de Puebla, en el juicio de amparo 498/2012, negó la suspensión definitiva solicitada por la empresa “Tratamiento de Agua de Puebla S.A de C.V.”, de la ocupación de las plantas de tratamiento residuales que administraba la quejosa, por parte del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Puebla (SOAPAP).
Entre otras razones, la Juez negó la suspensión porque no se reunían los requisitos de ley, “pues de concederse se contravendrían disposiciones de orden público y se afectaría el interés social”, escribió.
Esto refrenda que las acciones de recuperación emprendidas, han tendido a garantizar el interés colectivo.
Notas Relacionadas
Desastre en la Sierra Norte de Puebla: el recuento de los daños
12 de octubre de 2025
Cuando el agua no perdona: las peores tragedias provocadas por lluvias en Puebla
12 de octubre de 2025
Cobija y atiende Claudia Sheinbaum a damnificados en Huauchinango
12 de octubre de 2025
Un año de resultados, trabajo y continuidad por San Andrés Cholula
12 de octubre de 2025
Tonantzin Fernández cumple compromiso con el programa “Mujeres Heroínas”
12 de octubre de 2025
Conalep se suma a esfuerzos interinstitucionales en apoyo a la Sierra Norte